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(www.webinfomil.com // Webinfomil Prensa) Los choques eléctricos, el gas pimienta y otras armas no convencionales podrán ser utilizadas por la Policía Nacional para someter a delincuentes y exaltados, según una resolución que firmó el Director Nacional de la Policía, General José Roberto León Riaño

El general León firmó la resolución No. 02686 del 31 de julio de 2012, en la cual se reglamenta el uso de las armas que se denominan de “letalidad reducida”, señalando en su artículo 3 la clasificación de las mismas según organismos internacionales de seguridad y protección, así:

Mecánicas cinéticas: fusiles lanza gases o perdigones de goma, lanzadores de redes o nylon, proyectiles de goma y lanzadores de tinta o agentes irritantes.

Químicas: disparador de spray pimienta, gas pimienta, gases irritantes, cartuchos de gas irritantes.

Acústicas: granadas de aturdimiento, granadas de luz y sonido, dispositivos acústicos para largas distancias.

Dispositivos de control eléctrico y auxiliares: tonfa, pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control elèctrico, dispositivos de shock eléctrico, lanzador flash, granadas de múltiple impacto CS/OC, Granadas luminicas y de sonido, animales entrenados.

Se consagra además que las armas de letalidad reducida no incluidas en la descripción anterior, podrán ser incorporadas al servicio de vigilancia una vez realizado el estudio técnico y no contraríen normas del ordenamiento jurídico interno.



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